Tanto la estética como la filosofía llevan siglos tratando de definir qué es el arte, pero es su propia naturaleza la que nos impide acotarlo, definirlo, y por lo tanto censurarlo. Es la censura un término paradójico. La censura se dirige hacia el contenido del arte, hacia lo que es o representa. Desde niños aprendemos (y nos enseñan) a juzgar y a reflexionar qué es arte desde un marco artístico, pero la censura siempre se dirige hacia el contenido, hacia el mensaje.
¿Debemos trazar una línea divisoria entre la obra artística y la propia ideología del autor? ¿Existe autonomía, subjetividad en toda creación? ¿Actúa una obra como objeto o cosa totalmente independiente una vez sale de los brazos de su progenitor?
Entender la obra de arte como alegoría, como símbolo que nos lleva a la unión carnal entre la figura material y la idea: aquello que representa. La diferenciación entre lo que sería un contenido puramente anecdótico o temático y lo que es un contenido más profundo, ligado a la materialidad o composición sensible de la obra. Entonces ¿cómo se censura aquello que no es material?
Es la censura una correa que amordaza y moldea, que impone corrección al conjunto de la sociedad. Potencia el pensamiento único y desprecia salvajemente la discrepancia acotando los límites de la creatividad artística. El límite a la libertad de creación se enmarcará en la ley y en la ética del propio artista y tiempo. Pues no olvidemos que el devenir de un cuadro es prisionero de la época en que se pintó. “Vestidas de pureza” fueron las sugerentes figuras pintadas por el maestro Miguel Ángel en el fresco del Juicio Final ante el escándalo que suponía la representación de las mismas. El artista como sujeto complaciente, prisionero de los cánones y exigencias de la realeza y burguesía consiguió desprenderse de las mismas para abocarse al sentimiento de incomprensión generado al exponer en el Salón de los Marginados. Lo que no sabían Manet, Coubert y Cézane es que abrían las puertas no solo al impresionismo, sino también a la modernidad y al arte independiente. Desde entonces nuevas formas, figuras y texturas irrumpieron en los lienzos, desde el cubismo sintético de Juan Gris hasta las marañas de colores de Jackson Pollock por nombrar algunos de ellos.
Pero en ocasiones el artista se ve obligado a cambiar algún detalle por la presión de una sociedad vigilante. Hay una pérdida de independencia total, de seguridad y de emoción al querer transmitir a través de lo visual lo que en ocasiones es imposible con la palabra. Es la autocensura que sufre el propio autor en su proceso creativo, acude a ella como mecanismo protector antes de sufrir la ajena por miedo a la difusión de una noticia, a la crítica pública, a la no admisión en los círculos mercantiles sujetos a ciertos cánones. Pero ¿quién decide lo que es o no censurable? ¿Dónde están los límites de la libertad artística ¿Bajo qué criterios se retira la obra de Santiago Sierra en Arco?
El debate se centra en el hecho de que la creación artística debería recibir al menos igual protección que la libertad de expresión, recogida en el artículo 20 de nuestra Constitución y 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la libertad de expresión se erige como paraguas protector de otras muchas libertades. Pese a la nimiedad que a priori puede parecer la autonomía de la libertad artística enfrascada ya en la libertad de expresión cabe decir que cuando creamos no dejamos solo un discurso, emitimos algo más, digno si cabe de mayor protección que la libertad de expresión. El término para bascular la mayor o menor libertad de este derecho dependerá en gran medida de lo que se pretenda con la obra, no serán admisibles discursos de odio, además de la incitación directa y clara a la comisión de actos violentos. Dependerá del alcance público que genere tal mensaje, protegiendo en mayor medida las creaciones conectadas con asuntos públicos.
Debemos de entender la libertad no solo como la ausencia de censura sino como una forma de observar la realidad, libres de toda carga social, sin el hartazgo y hastío que nos supone la imposibilidad de expresar en público aquello que elogiamos en privado, dejando de a un lado el juez interior Kantiano que en ocasiones modela nuestras preferencias.
Ana del Carmen Sánchez Cotano ( Ciudad Real, 1998). Estudiante de Derecho y Ciencias Políticas, así como formación complementaria en Estudios Internacionales; todo ello en la Universidad Carlos III de Madrid. Aficionada del arte y la cultura. Interesada en el panorama político internacional y medioambiental. Participa en diferentes programas sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.